Si tienes un coche eléctrico y una plaza de garaje en una comunidad de propietarios en Madrid, probablemente una de las primeras preguntas que te hayas hecho sea: ¿necesito pedir permiso a la comunidad para instalar un cargador de coche eléctrico?
La respuesta, en términos generales, es sencilla: si el punto de recarga es para uso privado y se instala en tu plaza individual de garaje, no necesitas obtener la aprobación de la comunidad, pero sí debes comunicar previamente la instalación.
La Ley de Propiedad Horizontal establece en su artículo 17.5 que la instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos de uso privado en el aparcamiento del edificio, cuando se ubique en una plaza individual, únicamente requiere comunicación previa a la comunidad. El coste de la instalación y el consumo eléctrico correspondiente son asumidos por el interesado.
¿Tengo que avisar a la comunidad de propietarios?
Sí. Que no necesites someter la instalación a votación no significa que puedas realizarla sin informar previamente.
Antes de comenzar los trabajos deberás comunicar a la comunidad tu intención de instalar el punto de recarga. De esta manera queda constancia de la actuación que se realizará y de su recorrido por las zonas comunes del edificio cuando sea necesario.
En Recarga y Punto podemos asesorarte durante este proceso para que la instalación se realice correctamente y conforme a la normativa aplicable.
Instalación de cargadores en garajes comunitarios
¿Puede la comunidad negarse a instalar mi cargador?
Cuando hablamos de un punto de recarga de uso privado ubicado en una plaza individual, la Ley de Propiedad Horizontal establece el régimen de comunicación previa, no una autorización mediante votación de la junta.
Esto no significa que la instalación pueda realizarse de cualquier manera. Debe cumplir la normativa técnica correspondiente y respetar las condiciones del edificio y de sus instalaciones comunes.
La infraestructura eléctrica destinada a la recarga de vehículos está regulada específicamente por la ITC-BT-52 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, que contempla distintos esquemas de conexión para aparcamientos colectivos.
Por eso es importante que antes de instalar el cargador se estudien las características concretas del garaje.
¿De dónde sale la electricidad para cargar el coche?
No existe una única solución válida para todos los edificios.
La ITC-BT-52 contempla diferentes esquemas de instalación, incluyendo soluciones individuales en las que vivienda y estación de recarga comparten contador y otras configuraciones con contador propio para la estación.
El sistema adecuado dependerá de factores como la configuración eléctrica del edificio, la ubicación de los contadores, la distancia hasta la plaza de garaje o las características de la instalación existente.
Por eso, antes de preparar un presupuesto conviene estudiar cada caso individualmente.
¿Quién paga la instalación del cargador?
Cuando se trata de una instalación privada en una plaza individual, el coste de la instalación y el consumo de electricidad corresponden al propietario interesado, tal y como establece la Ley de Propiedad Horizontal.
El precio final dependerá, entre otros factores, del recorrido necesario desde el punto de suministro hasta la plaza, los metros de cableado, las características del cuadro eléctrico, las protecciones necesarias y el cargador elegido.
Puedes consultar nuestra información sobre precio de instalación de un cargador para coche eléctrico para conocer mejor qué factores influyen en el presupuesto.
Instala tu cargador en un garaje comunitario en Madrid
Tener una plaza en un garaje comunitario no tiene por qué impedirte disfrutar de la comodidad de cargar el coche mientras estás en casa.
En Recarga y Punto realizamos instalaciones de cargadores para coches eléctricos en Madrid, estudiando las características de cada vivienda y garaje para ofrecer una solución adecuada a cada particular.
Si estás pensando en instalar un punto de recarga en tu plaza, solicita tu presupuesto y estudiaremos tu instalación.
